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RESOLUCIÓN RECTORAL No. 0271/2017
APROBACIÓN REGLAMENTO
GENERAL DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO
A, 15 de agosto de 2017
CONSIDERANDO
Que,
mediante Resolución Rectoral 21/09 de fecha 9 de febrero se aprueba el Reglamento
Interno de Bibliotecas de la Universidad Técnica de Oruro.
Que,
mediante nota RECT/SG N° 207/17 de fecha 16 de febrero se instruye el
cumplimiento de la recomendación N° 3 del informe AUD.INT.UTO N° 24/2016
Seguimiento a la Recomendaciones del Informe de Auditoria Interna N° 21-B/2G15 Auditoria Especia Manejo Bibliotecas FNI Gestión 2014.
Que,
mediante nota DEPTO.DES.ORGANÍZAC. N° 064/2017 de fecha 30 de mayo, el Departamento de Desarrollo
Organizacional remite el nuevo "Reglamento General de Bibliotecas de la
Universidad Técnica de Oruro", mismo que ha sido elaborado en cumplimiento
a recomendaciones del Departamento de Auditoria Interna, el mismo ha sido consensuado con el
personal entendido en el área, por le solicita autorización para que entre en
vigencia mediante Resolución Rectoral.
Por
tanto, SE RESUELVE:
ARTÍCULO
PRIMERO
Aprobar
el Reglamento General de Bibliotecas de la Universidad Técnica de Oruro con nueve
capítulos y 27 artículos.
REGLAMENTO GENERAL DE
BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1. Definición. - La Biblioteca es un servicio de
carácter institucional académico y ce investigación que tiene por objeto
satisfacer las necesidades de lectura, estudio de investigación de docentes, estudiantes,
trabajadores administrativos y población en general.
Art. 2. Objetivo.-
El Reglamento General de Bibliotecas, tiene como finalidad apoyar las actividades
académicas del
Proceso Enseñanza Aprendizaje, contribuyendo
en la formación del
futuro profesional y coadyuvando a la investigación, mediante la administración
de recursos especializados en
las diferentes áreas del saber. Así corno regular los servicios, las
condiciones de uso y las diferentes actividades que desarrollan las Bibliotecas de la Universidad Técnica de Oruro.
Art. 3. Ámbito de
Aplicación. - El presente Reglamento es de aplicación obligatoria para todos los trabajadores administrativos de la Unidad de Bibliotecas de la
Universidad Técnica de Oruro, usuarios internos y externos.
CAPITULO II
DEPENDENCIA Y ORGANIZACIÓN DE LAS BIBLIOTECAS
Art.
4. Dependencia y Organización. - La Unidad de Bibliotecas, depende del Vicerrectorado de la
Universidad, ejercerá su coordinación a través de la Jefatura de Bibliotecas a
través de la supervisión de: Vicedecano de la Facultad y operativamente se desarrollará en cada
biblioteca bajo la responsabilidad del Bibliotecario (a).
Art.
5. Del Personal de Bibliotecas. - El personal
de la Unidad de Bibliotecas está organizado de la siguiente manera:
• Jefe Bibliotecas
• Bibliotecaria (o)
• Auxiliar de Bibliotecas
• Encuadernador (a)
Ei
personal de la Unidad de Bibliotecas debe cumplir con las funciones
establecidas en el Manual de Organización y Funciones aprobado mediante
Resolución Rectoral N° 273/14 de fecha 28 de mayo de 2014.
CAPITULO III
CONFORMACIÓN DE LA BIBLIOTECA
Art.
6. Conformación. - Las bibliotecas de la Universidad
Técnica de Oruro, se conformarán por tres elementos, esenciales:
a) Acervo bibliográfico
b) Infraestructura
c) Recursos humanos
a) Acervo Bibliográfico. - El acervo bibliográfico es considerado un elemento importante dentro la biblioteca y constituye toda la colección existente, la cual componen material bibliográf